1. Oferta de incentivos
Los incentivos se aplican únicamente a las recomendaciones de servicios de Asistencia en el Diseño Energético (EDA) y de Retrocomisionamiento (RCx) proporcionadas en el marco del Programa de Eficiencia Energética en Edificios Comerciales (CBEP). La oferta de incentivos no tiene carácter retroactivo para los productos adquiridos o instalados antes de la emisión del informe de auditoría final para el RCx o del hito de diseño del 65 % para la EDA.
2. Requisitos de elegibilidad
Disponible para los clientes comerciales y/o industriales activos de gas natural y/o electricidad de las empresas de servicios públicos para la instalación de medidas del CBEP que cumplan los requisitos. Los incentivos se conceden por orden de llegada y están sujetos a los requisitos de elegibilidad y a la disponibilidad de fondos.
3. Aprobación y verificación
Se requiere la aprobación previa de Utilities para todas las medidas de eficiencia energética (ECM). Las ECM deben instalarse en un plazo de 18 meses a partir de la recepción del informe de auditoría final (RCx) o de la expedición del certificado de ocupación (EDA). La empresa de servicios públicos se reserva el derecho a verificar las transacciones de venta y a tener acceso razonable a las instalaciones del participante para inspeccionar las medidas de eficiencia energética (ECM) instaladas antes de conceder los reembolsos. La empresa de servicios públicos no está obligada a aprobar previamente ninguna solicitud de incentivo que pueda suponer que se supere el presupuesto del programa. La empresa de servicios públicos se reserva el derecho a limitar el importe del incentivo.
4. Presentación de la solicitud
La solicitud debe estar completa, incluyendo el informe de los proveedores de servicios del CBEP y un formulario W-9 (versión actual). El formulario W-9 solo es necesario si el pago se realiza a una persona distinta del titular de la cuenta. Envíe la solicitud firmada, el informe y el formulario W-9 (si procede) a Utilities, a la atención de Commercial Building Efficiency Program, PO Box 1103, MC 1339, Colorado Springs, CO 80947, o por correo electrónico a businessee@csu.org.
5. La solicitud no da derecho al participante a recibir ningún incentivo
Utilities podrá modificar, suspender o cancelar el programa en cualquier momento sin previo aviso. El participante solo tiene derecho a los incentivos aprobados por Utilities. Las solicitudes cumplimentadas no garantizan la aprobación. La aprobación se confirma mediante una preaprobación por escrito de Utilities.
6. Cumplimiento
Todos los proyectos deben cumplir con todas las leyes, normas, reglamentos y códigos federales, estatales y locales, así como con los requisitos de seguro, según corresponda. Solo se concederá un reembolso por cada proyecto.
7. Pago
Los pagos de los incentivos se realizan en un plazo estimado de entre 6 y 8 semanas tras el proceso de medición y verificación. El incentivo puede estar sujeto a impuestos por parte de las administraciones federal, estatal y local. El participante es responsable de declarar y pagar todos esos impuestos. El pago por defecto se realiza mediante un abono en la factura de electricidad o gas, salvo que el cliente especifique lo contrario.
8. Inspección
El participante se compromete, como condición para participar en el programa, a cooperar con las actividades destinadas a evaluar la eficacia del mismo, como permitir la inspección in situ y la medición de los proyectos instalados, a discreción de las empresas de servicios públicos.
9. Verificación
Las empresas de servicios públicos podrán realizar visitas in situ para verificar los equipos antes o después del pago del incentivo. Dichas visitas tienen como único objetivo la verificación y no pretenden constituir una revisión de seguridad ni servir a ningún otro propósito. Si la visita in situ revela que los equipos o medidas de gestión de la eficiencia energética (ECM) no están instalados o no se han completado, el participante deberá devolver el importe íntegro a las empresas de servicios públicos.
10. Retirada de equipos (RCx)
Los equipos existentes no deben volver a instalarse y deben eliminarse y/o reciclarse de conformidad con todas las leyes y normativas aplicables.
11. Modificaciones del programa
Todos los términos, condiciones y normas del programa están sujetos a cambios.
12. Ausencia de garantías
Utilities no respalda, garantiza ni avala a ningún fabricante ni producto, y no ofrece garantía alguna, ni expresa ni implícita, respecto a ningún producto o servicio. La confianza del participante en las garantías se limita a aquellas que puedan derivarse de, o ser proporcionadas por, contratistas, proveedores, etc. El Participante reconoce que ni Utilities ni ninguno de sus consultores son responsables de garantizar que el diseño, la ingeniería y la construcción de la instalación o la puesta en marcha de las ECM sean adecuados o cumplan con ninguna ley (incluidas las leyes de patentes), código o norma del sector. UTILITIES NO REALIZA DECLARACIÓN ALGUNA RESPECTO A LOS RESULTADOS QUE SE LOGRARÁN CON LAS MEDIDAS DE AHORRO ENERGÉTICO (ECM) NI A LA IDONEIDAD O SEGURIDAD DE DICHAS MEDIDAS, INCLUIDAS, ENTRE OTRAS, LAS GARANTÍAS DE COMERCIABILIDAD E IDONEIDAD PARA UN FIN DETERMINADO.
13. Logotipo de Utilities
El participante no podrá utilizar el nombre ni el logotipo de Utilities o del Programa en ningún material de marketing, publicidad o promoción sin el permiso previo por escrito de Utilities, que podrá concederse o denegarse a la entera y absoluta discreción de Utilities.
14. Exenciones de responsabilidad
Utilities: (1) no respalda a ningún proveedor del mercado, fabricante, producto, mano de obra o diseño de sistema al ofrecer este Programa; (2) no se hará responsable de ninguna obligación fiscal impuesta a un Participante como consecuencia del pago de incentivos; (3) no se hace responsable de la eliminación o el reciclaje adecuados y legales de los residuos generados como resultado de este proyecto; y (4) no se hace responsable de ningún daño causado por la instalación del equipo ni de ningún daño causado por el mal funcionamiento del equipo instalado.
15. Limitación de responsabilidad
La única responsabilidad de las empresas de servicios públicos se limita a los pagos aprobados. Ni las empresas de servicios públicos ni ninguna de sus filiales serán responsables ante el participante ni ante ninguna otra parte por ningún tipo de daños, incluidos, entre otros, los daños directos, indirectos, consecuentes o incidentales, independientemente de la teoría de la indemnización, causados por o derivados de cualquier actividad relacionada con este programa.
16. Selección del proveedor
Utilities reconoce que el Participante podrá seleccionar a cualquier proveedor o contratista para realizar los trabajos contemplados en la presente solicitud, incluso después de que la solicitud haya sido presentada a Utilities para su aprobación previa.
17. Obligaciones/indemnización
El Participante reconoce que cualquier contratista seleccionado por él no es un agente, contratista ni subcontratista de Utilities. Utilities no tendrá obligación alguna de mantener, retirar ni realizar ningún tipo de trabajo en las medidas de ahorro energético (ECM) instaladas. Utilities no se hace responsable del incumplimiento por parte de ningún contratista, del fallo de las medidas de ahorro energético, de los daños en las instalaciones del Beneficiario ni de las lesiones a personas causadas por las medidas de ahorro energético. El Participante eximirá de responsabilidad, defenderá e indemnizará a Utilities por cualquier reclamación o causa de acción que surja de la manipulación, el almacenamiento, la eliminación y la exposición inadecuados de sustancias caracterizadas actualmente o en lo sucesivo como peligrosas o tóxicas, en relación con cualquier acción emprendida por el Participante o sus agentes en el marco del Programa. El Participante eximirá de responsabilidad, defenderá e indemnizará a Utilities por los daños materiales o las lesiones o el fallecimiento de cualquier persona o personas que estén relacionados de cualquier modo con las acciones del Participante o de sus agentes en el marco del Programa, o que se deriven de las mismas.
18. Beneficios energéticos
Utilities tiene derecho al 100 % de los beneficios energéticos o de reducción de gases de efecto invernadero (GEI) asociados a las medidas de ahorro recomendadas, excluyendo el valor del ahorro en los costes energéticos obtenido por el Participante.
19. Legislación aplicable
La presente Solicitud y el Programa se interpretarán de conformidad con las leyes del Estado de Colorado, sin tener en cuenta las normas de conflicto de leyes, así como con la Carta Municipal de Colorado Springs, el Código Municipal, las ordenanzas, las normas y los reglamentos. Nada de lo dispuesto en el presente Acuerdo se interpretará en el sentido de limitar o impedir las protecciones otorgadas a Utilities en virtud de la Ley de Inmunidad Gubernamental de Colorado.
20. Asignación de fondos
De conformidad con la Carta Municipal de Colorado Springs, el cumplimiento de las obligaciones de las empresas de servicios públicos en virtud de la presente Solicitud y del Programa está expresamente sujeto a la asignación de fondos por parte del Ayuntamiento de Colorado Springs. Además, si no se asignan fondos, en su totalidad o en parte, suficientes para el cumplimiento de las obligaciones de la empresa de servicios públicos, o si los fondos asignados no pueden gastarse debido a las limitaciones de gasto establecidas en la Carta Municipal, la presente Solicitud y las partes aplicables del Programa quedarán a partir de entonces sin efecto por ministerio de la ley, y, a partir de ese momento, la empresa de servicios públicos no tendrá ninguna responsabilidad por indemnizaciones o daños y perjuicios frente al participante que excedan de la asignación autorizada a la empresa de servicios públicos.