Responsabilidad de las empresas
Para proteger contra el reflujo, las autoridades reguladoras estatales y locales exigen que las empresas y las viviendas multifamiliares cuenten con dispositivos conocidos como «conjuntos de prevención de reflujo» conectados a sus sistemas de fontanería.
Cada empresa es responsable de garantizar que se instalen los dispositivos antirretorno y de que se sometan a pruebas anualmente. Las pruebas de los dispositivos antirretorno deben ser realizadas por técnicos autorizados, quienes también deben introducir los resultados de las pruebas —aprobado o suspendido— en nuestro sistema.
Pruebas obligatorias anuales
La legislación estatal y el Código Municipal exigen a los clientes que hagan comprobar sus dispositivos antirretorno y que presenten los resultados anualmente.
- Los dispositivos de riego comerciales y de viviendas plurifamiliares deben someterse a pruebas y los resultados deben presentarse cada año antes del 1 de julio.
- Los dispositivos de uso interior (domésticos) y de extinción de incendios deben someterse a pruebas y los resultados deben presentarse cada año antes del 1 de octubre.
Cumplimiento de la normativa
El incumplimiento de los requisitos de pruebas anuales dará lugar a medidas reglamentarias, entre las que se incluyen:
- Multas de 405 dólares por cada dispositivo antirretorno.
- Suspensión del suministro de agua hasta que se cumpla la normativa
Si tiene alguna pregunta,
envíe un correo electrónico al Programa de Prevención de Retorno de Flujo o llame
al (719) 668-4388.